La declaración de la Renta es una obligación fiscal que deben cumplir los ciudadanos españoles que hayan obtenido ingresos durante el año anterior. En este sentido, es importante saber quiénes están obligados a presentar la renta 2022 y cómo pueden hacerlo de forma sencilla y accesible a través de su dispositivo móvil. Te lo explicamos en este artículo.

Cómo obtener el borrador y presentar la declaración de la Renta 2022 con el móvil

Como no podía ser de otro modo, para tramitar la Renta 2022, lo ideal es instalar la aplicación oficial de la Agencia Tributaria. También es posible seguir estos pasos a través de la web, pero hacerlo desde la app es mucho más cómodo. Por ello, descarga el APK y ejecútalo en tu teléfono.

Iniciar sesión en la aplicación de la AEATIniciar sesión en la aplicación de la AEAT

Ahora, es momento de dar los primeros pasos para llegar hasta el borrador de la Renta 2022:

  1. Abre la aplicación de la AEAT.
  2. Presiona en Renta.
  3. Luego, toca en Renta 2022.
  4. Seguidamente, inicia sesión. Puedes hacerlo introduciendo el número de tu DNI y la fecha de caducidad o número de soporte. También cuentas con la posibilidad de hacerlo con el DNI electrónico o con un certificado electrónico.

Los siguientes pasos se corresponden con el acceso al sistema, con el número de DNI y la fecha de caducidad. Es la manera más rudimentaria para acceder y, por tanto, la más universal.

Acceder al borrador para tramitar la Renta 2022Acceder al borrador para tramitar la Renta 2022

Una vez hayas introducido los datos que te solicita la aplicación, sigue estas indicaciones:

  1. Aunque puedes descargar la aplicación Cl@ve para recibir el PIN, si esperas un poco podrás pedirlo por SMS. Te recomendamos que bajes la app solo si haces muchos trámites por el móvil. Si solo es para acceder a la app de la Agencia Tributaria, creemos que no merece la pena.
  2. Cuando hayan pasado unos segundos, aparecerá el botón Solicitar el PIN por SMS. Toca sobre él.
  3. Inmediatamente, recibirás el número secreto por mensaje de texto. Debes escribirlo en el campo PIN.
  4. Entonces, tendrás que confirmar tus datos fiscales. Simplemente, presiona en Continuar si son correctos. Si hay algo erróneo, presiona en Modificar.
  5. Finalmente, toca en Tramitación del borrador / declaración.

Para los usuarios que prefieran utilizar la aplicación Cl@ve, aquí dejamos una imagen del proceso.

Solicitar un PIN mediante Cl@ve en vez de SMSSolicitar un PIN mediante Cl@ve en vez de SMS

Como puedes apreciar en las capturas, tras vincular tu teléfono, el número PIN llegará directamente a esta herramienta oficial. En realidad, es un sistema más rápido, pero, más allá de eso, no difiere mucho de solicitar un SMS con el código correspondiente.

Si has llegado hasta aquí, ya lo tienes todo prácticamente listo. ¿Qué más debes hacer? Es muy sencillo:

  1. Identifica a tu cónyuge si vais a hacer la declaración de la renta conjunta. Puedes emplear los mismos sistemas de autenticación que empleaste anteriormente. En caso contrario, opta por Cálculo individual.
  2. Modificar los datos que sean necesarios para obtener el borrado de tu declaración de la renta. Si presionas en el botón Modificar declaración (web) irás a parar a un recurso web en el que puedes cambiar la información pertinente.
  3. Cuando estés conforme, presiona en Presentar declaración.
  4. Para terminar el proceso, recibirás un código CSV que identifica de manera única tu presentación de la declaración de la Renta 2022. Guárdalo para acceder a ella en el futuro.

Cómo acceder a tus datos fiscales y preparar la declaración de la renta 2022

Durante el proceso expuesto en el apartado anterior, tendrás la oportunidad de consultar y modificar tus datos fiscales. Si hubiera algún error, antes de presentar la Renta 2022 es un buen momento para corregirlo.

Ahora bien, quizá hayas decidido que un profesional administrativo se encargue este año de presentar tu declaración. O simplemente prefieres esperar y agotar el plazo que te da la Agencia Tributaria. Incluso puede que cumplas los requisitos para no tramitar este año la declaración. En todos esos casos, ¿no es posible acceder a los datos fiscales y verificar que son correctos?

Si te encuentras ante alguna de las casuísticas mencionadas, existe un método para ver y modificar tus datos fiscales que ni siquiera requiere la descarga de la aplicación de la Agencia Tributaria.

Iniciar sesión en la web de la AEAT para ver los datos fiscalesIniciar sesión en la web de la AEAT para ver los datos fiscales

Abre tu navegador web, accede a la Sede Electrónica de la AEAT y haz esto:

  1. Presiona en Datos fiscales.
  2. Inicia sesión en la web de la AEAT. Puedes hacerlo introduciendo el número de DNI, con un certificado digital o con el DNI electrónico. Si te decantas por el primer método, facilita los datos adicionales que te solicita la web y espera a que sea posible solicitar el PIN por SMS.
  3. Después, marca la opción Actuar en nombre propio y pulsa en Confirmar.

Ante ti aparecerán tus datos fiscales. Son los que constan en ese momento en la base de datos de la Agencia Tributaria.

Ver los datos fiscales y modificarlos si es necesario desde la web de la Agencia TributariaVer los datos fiscales y modificarlos si es necesario desde la web de la Agencia Tributaria

En el caso de que haya algo que no esté bien, aprovecha este momento para modificar los datos.

Quién está obligado a presentar la declaración de la Renta 2022 y cuándo

Después de conocer los procesos oportunos para acceder al borrador, presentar la Renta 2022 y consultar tus datos fiscales, aclaremos dos cuestiones más: quién está obligado a hacer la declaración en 2023 y cuáles son los plazos. ¡Sigue leyendo para resolver tus dudas!

Todos los casos en los que estás obligado a presentar la declaración de la Renta 2022

Como cada año, la Agencia Tributaria ha establecido algunas excepciones para que algunos contribuyentes no se vean obligados a presentar la Renta 2022. Por eso, a continuación hacemos un resumen de las condiciones que SÍ te obligan a tramitar la declaración. Descubre si estás obligado o no a hacer este trámite.

  • Rendimientos de trabajo. En caso de que los rendimientos íntegros de trabajo de un contribuyente provengan de un único pagador y superen los 22.000 euros, se requerirá la presentación de la declaración de la renta. En cambio, si los rendimientos provienen de más de un pagador, el límite se reduce a 14.000 euros, y existen ciertas particularidades que deben tenerse en cuenta, como la suma de las cantidades percibidas por el segundo y el resto de los pagadores.
  • Ingreso mínimo vital. Todas aquellas personas que hayan recibido el Ingreso Mínimo Vital (IMV) estarán obligadas a presentar la Declaración de la Renta.
  • Autónomos. En caso de que los ingresos anuales de un trabajador autónomo superen los 1.000 euros. Se aplica a todos los autónomos, independientemente del tipo de actividad que realicen. La base imponible de su declaración incluirá no solo sus ingresos profesionales, sino también otros ingresos como las ganancias de capital y las rentas inmobiliarias.
  • Ingresos por ERTE o prestación de desempleo. Los límites son idénticos a los rendimientos de trabajo. Si hay un solo pagador (por ejemplo, un trabajador que solo ha cobrado un ERTE durante todo el ejercicio), hay que declarar si los ingresos superan los 22.000 euros. Por el contrario, si hay dos pagadores (por ejemplo, ha cobrado ERTE durante unos meses y el resto del año su sueldo habitual por parte de la empresa), el límite es de 14.000 euros. Las excepciones en este segundo caso son las mismas y se establecen según la cuantía de los segundos pagadores.
  • Rendimientos íntegros de capital mobiliario o ganancias patrimoniales. Cuando superan los 1600 euros al año.
  • Pérdidas patrimoniales de cualquier naturaleza por encima de los 500 euros.
  • Otros ingresos. Cuando se superan los 1000 euros en los siguientes casos:
    • Rentas inmobiliarias imputadas.
    • Rendimientos de Letras del Tesoro.
    • Subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado.
    • Otras ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas

Fechas y plazas para la presentación de Renta 2022

Finalmente, cerramos esta guía sobre la Renta 2022

  • Entre el 11 de abril y el 30 de junio de 2023, se podrá realizar la presentación de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2022 de forma electrónica.
  • A partir del 5 de mayo y hasta el 30 de junio de 2023, los contribuyentes podrán solicitar una cita telefónica con la Agencia Tributaria para que un funcionario les confeccione su declaración de Renta 2022.
  • Del 1 al 30 de junio de 2023, los contribuyentes podrán solicitar una cita para efectuar la declaración de Renta 2022 de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Los datos de contacto de la Agencia Tributaria, más allá de su Sede Electrónica, son los siguientes:

  • 91 535 73 26
  • 901 12 12 24
  • 91 553 00 71
  • 901 22 33 44

Según la documentación oficial, estos cuatro números sirven para solicitar cita previa, tanto presencial como telefónica.

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